Garantías procedimentales de Evaluación del alumnado


Tal y como se recoge en la Ley 17/2007 de 10 de diciembre de Andalucía y en la Ley 29/2015 de 1 de octubre, de procedimiento Administrativo Común, se establecen el procedimiento de Garantías Procedimentales en la Evaluación del Alumnado, contemplándose 3 fases: Fase 1: Aclaraciones: Los alumnos y alumnas podrán solicitar al profesorado responsable de las distintas materias/áreas/ámbitos/módulos, aclaraciones acerca de la información que reciban sobre su proceso de aprendizaje y las evaluaciones que se realicen, así como sobre las calificaciones,o decisiones que se adopten como resultado de dicho proceso. Dichas aclaraciones deberán proporcionar, entre otros aspectos, la explicación razonada de las calificaciones y orientar sobre posibilidades de mejora de los resultados obtenidos. Se establece en el plan de centro que los padres, madres o personas que ejerzan la tutela legal del alumno, podrán solicitar aclaraciones mediante escrito que se entregará al tutor del alumno. Fase 2: Revisiones: En el caso de que, a la finalización de cada curso, tras la aclaración de la fase 1, exista desacuerdo con la calificación final obtenida en la materia/área/ámbito/módulo, el alumno o la alumna o, su padre, madre o quien ejerza la tutela legal, podrá solicitar la revisión de dicha calificación o de la decisión de promoción o de titulación. Se dispone de 2 días hábiles tras la aclaración para poder solicitarla mediante escrito razonado ante la secretaría del centro. Fase 3: Reclamaciones: En el caso de que , tras el procedimiento de revisión que se realizó en el centro docente, persista el desacuerdo con la calificación final de curso obtenida en una materia/área/ámbito/módulo, promoción y , en su caso, de titulación, el alumno o la alumna o su padre, madre o quienes ejerzan su tutela legal,podrán presentar una reclamación ante la Comisión Técnica Provincial. Dicha reclamación se realizará mediante escrito razonado al Director del Centro en un plazo no superior a 2 días hábiles, después de la comunicación del centro de la decisión de la revisión, para que la eleve a la Delegación territorial de Educación de Málaga, en un plazo máximo de 3 días hábiles.